Los magistrados consideraron que los partidos opositores no dieron argumentos suficientes para contravenir las razones.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de no suspender las conferencias matutinas, conocidas como “mañaneras“, del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Los magistrados analizaron una impugnación impulsada por el PRI, PAN y PRD contra la decisión del organismo electoral de no ordenar la cancelación de las conferencias matutinas del mandatario, al considerar que sus declaraciones vulneran los principios de equidad en el proceso electoral actual.
Los magistrados consideraron que los partidos opositores no dieron argumentos suficientes para contravenir las razones por las que el INE tomó su decisión de que se mantengan las “mañaneras“.
El proyecto del magistrado Felipe de la Mata estableció que las conferencias del presidente López Obrador constituyen una “comunicación gubernamental que no está prohibida en sí misma” y cuyo contenido debe analizarse caso por caso para detectar posibles violaciones a la ley electoral.
A lo largo del actual proceso electoral, el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral han resuelto que algunas declaraciones del titular del Ejecutivo federal han incurrido en violaciones a los principios de equidad, lo que ha derivado en la eliminación o modificación de las conferencias en redes sociales y plataformas digitales.
Información: López-Dóriga
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